INFORMACIÓN SOBRE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2022

El 11 de Abril arranca la campaña  de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2022 , también conocida como Declaración Renta 2022.

El IRPF  es el impuesto que deben pagar todos los ciudadanos españoles con residencia en España y controla la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, en base a las circunstancias personales y familiares de cada persona.

En esta ocasión, el proceso, que tendrá en cuenta los ingresos obtenidos en 2022, arranca el 11 de abril y se alargará hasta el 30 de junio, ambos incluidos.

¿Estoy obligado a hacer la declaración de la Renta si no llego al importe mínimo?

Todos los trabajadores, tanto por cuenta propia como ajena, los pensionistas, así como cualquier contribuyente que haya percibido ingresos a lo largo del año 2022 tiene la obligación de presentar la declaración de la renta siempre que supere unos baremos.

La cifra que marca esta diferencia son los 22.000 euros. Quienes han tenido unos ingresos iguales o superiores a esta cantidad están obligados a declarar la Renta 2022. Los que no llegan a esta cantidad no están obligados, siempre y cuando cumplan otros requisitos

 

¿Y si tengo varios pagadores?

En caso de que hayas tenido varios pagadores, el importe mínimo para hacer la declaración es de  14.000 euros. Las personas cuyos rendimientos brutos de trabajo alcancen ese importe o superior, estarán obligados a presentarla.

Por otra parte, habría una excepción a esta norma: si los ingresos por parte del segundo y siguientes pagadores no alcanzan los 1.500 euros, no será obligatorio presentar la declaración.

Fechas más relevantes de la campaña

  • 11 de abril: se abre el plazo para la presentación del borrador a través de Internet
  • Desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio: plazo de solicitud de cita para hacer la declaración de la Renta por teléfono
  • 5 de mayo: se abre el plazo para presentar el borrador por vía telefónica
  • Desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio: plazo de solicitud de cita para hacer la Declaración de la Renta presencialmente
  • 1 de junio: a partir de este día es posible acudir de manera presencial a la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta en persona, solicitando cita previa
  • 27 de junio: acaba el plazo para presentar la declaración aquellos que tengan resultado a ingresar con domiciliación bancaria
  • 29 de junio: es el último día para pedir cita previa para presentar la declaración
  • 30 de junio:​ este es el último día para presentar la Declaración de la Renta 2022-2023
 
 

¿Cuándo puedo pedir cita previa?

Los plazos varían en función de cómo se quiera hacer la gestión, si por internet, de forma presencial o por teléfono.

  • Por teléfono: deberá pedirse desde el 3 de mayo al 29 de junio. El 5 de mayo comienza la asistencia por teléfono para confeccionar y presentar la declaración de la renta por teléfono, lo que se conoce como el plan Le llamamos.
  • De forma presencial: puede pedirse del 25 de mayo al 29 de junio. Además, será el 1 de junio cuando empiece el periodo para hacer y presentar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • La declaración también puede hacerse por internet a partir del 11 de abril, mediante la página web o de la App «Agencia Tributaria» y no es necesario pedir cita previa.

 

¿Cómo solicitar la cita de Renta 2022 ?

Se puede pedir cita previa para realizar la declaración de la renta por modos diferentes:

Por Internet: Usando DNI electrónico, certificado electrónico, el sistema Cl@ve o con el número de referencia que puede encontrarse en la Casilla 505 de la declaración anterior. 

Puede realizarse por  la web o la App, rellenando los datos del DNI del solicitante. 

Por la APP: Se llama «agencia tributaria».  Hay que descargar y contiene tutorial para realizar la declaración.

Por teléfono: Llamando al número  (91 553 00 71) , el horario es de  lunes a viernes, de 09:00 a 19:00 horas. 

 

Renta 2022

¿Cuales son las novedades para la renta 2022?

Sube el mínimo para tributar

Una de las principales novedades es la ampliación del límite mínimo exento para presentar la declaración, que pasa de los 14.000 euros a los 15.000 euros. Esto afectará a aquellos trabajadores que cobren el SMI, pero también hay una rebaja del IRPF para rentas inferiores a 21.000 euros anuales.

Ampliación de la deducción de maternidad

También se incluyen las ayudas a la maternidad. Se trata de un beneficio fiscal de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años o adoptado que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente. Esta novedad va con carácter retroactivo desde 2020.

Nuevo impuesto de las grandes fortunas

Por primera vez se aplica el Impuesto sobre el Patrimonio, como un complemento que afectará, sobre todo, a las comunidades donde se bonifica de forma parcial o total. Se trata de un sistema de carácter temporal y estará en vigor durante los ejercicios de 2023 y 2024.

Existe un mínimo exento de 700.000 euros y se divide en tres tramos: 1,7% para patrimonios de 3 a 5 millones de euros, 2,1% para patrimonios de 5 a 10 millones de euros y 3,5% para patrimonios por encima de 10 millones de euros.

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